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FAMILIAR

ADICCIONES, DROGAS Y LUDOPATÍAS.

Nuestra investigación de campo la orientaremos a indagar con la máxima discreción y confidencialidad, la situación real en la que se encuentre un familiar o aspirante que pretenda pertenecer a nuestra familia o círculos de confianza.
Gestiones de Información y verificación.
Investigar la situación real del investigado.
Investigación de bienes, patrimonio y deudas.
Verificación de dedicación laboral.
Posibles adicciones, alcoholismo, ludopatías, drogas.
Posibles circunstancias y hábitos peligrosos en las que se vea envuelta la persona.

SECTAS Y FANATISMOS

Existen organizaciones que se dedican a la captación de personas a las que luego se les van a solicitar aportaciones de dinero. Las sectas crean en el individuo una sensación de pertenencia a un grupo a través de técnicas psicológicas que hacen que el adepto a demás de desviar sus fondos económicos hacia la secta, se desvincule de sus relaciones familiares y sociales. 

Nuestra investigación consiste en la detectar la vinculación a la secta, identificar la estructura de la organización y posterior recuperación de los adeptos.

 

CUSTODIA DE HIJOS 

Investigaremos las supuestas irregularidades, nuestro objetivo, si procede, será obtener las pruebas que demuestren que, en su caso, uno de los cónyuges no es una persona más responsable o idónea para hacerse cargo de los hijos en un proceso de separación o divorcio.
Nuestra investigación demostrará que en el cónyuge concurre uno o varios de los siguientes supuestos:

- Desatención a los menores.
- Trato incorrecto a los menores.
- Salidas nocturnas o diurnas delegando el cuidado de los menores a terceras personas.
- Alcoholismo, toxicomanías, ludopatías.
- Comportamientos irregulares.prostitución. 

 

SERVICIO DOMÉSTICO O CUIDADORES. 

¿Sabe Usted realmente a quien deja al cuidado de sus hijos o familiares queridos?.
Le despejaremos sus dudas con nuestra investigación especializada ,la instalación de micro cámaras o, si usted lo prefiere, podrá de forma remota visualizar en todo momento las estancias de su hogar.

Los detectives privados son los únicos profesionales autorizados por el Ministerio del Interior y la Dirección General de la Policía para la Instalación de micro-cámaras de vigilancia en empresas y establecimientos para observar en investigación legitimada la actividad de trabajadores o empleados con sospechosos de conductas irregulares. 

 

Grupo3Detectives,si procede ,obtendrá respetando la legislación vigente y de la LSP, las pruebas que pueden ser definitivas para un despido procedente o un proceso penal. La instalación de cámaras por parte de particulares, empresarios o empresas de seguridad podría vulnerar la legislación vigente o no servir como medio de prueba en el acto del juicio.

VERIFICACIÓN DE IDENTIDAD.

 

Nuestra investigación de campo la orientaremos a indagar con la máxima discreción y confidencialidad, la situación real en la que se encuentre un familiar o aspirante que pretenda pertenecer a nuestra familia o círculos de confianza.
- Gestiones de Información y verificación.
- Investigar la situación real del investigado.
- Investigación de bienes, patrimonio y deudas.
- Verificación de dedicación laboral.
- Posibles adicciones, alcoholismo, ludopatías, drogas.
- Posibles circunstancias y hábitos peligrosos en las que se vea envuelta la persona. 

 

Es habitual la contratación de este servicio de investigación especializada ,por clientes que tienen dudas y/o sospechas sobre la veracidad de identidad real de la persona, que normalmente, han conocido recientemente, bien personalmente ,Internet u otros medios de comunicación.
Un detective especializado investigará los datos facilitados emitiendo un informe detallado de las actuaciones , gestiones y resultados adjuntando las pruebas documentales y gráficas obtenidas.

 

HERENCIAS. 

Es libre por parte del testador el reparto de la herencia. Sin embargo, el Código Civil estipula a dejar parte de los bienes a los herederos legitimarios o forzosos, a esta obligación tiene la denominación de legítima. En caso de que no exista testamento o este se considere nulo, los bienes del fallecido serán heredados por los familiares más cercanos según su grado de parentesco.
- Localización de herederos en paradero desconocido.
- Localización de familiares de segundo grado.
- Localización de bienes del fallecido. 

 

La investigación y las pruebas obtenidas se realizarán con la más estricta discreción, confidencialidad y preservando

el derecho a la intimidad, el honor y la propia imagen.
Finalizada la Investigación, se confecciona un Informe Legal detallado con las actuaciones realizadas , junto con las pruebas documentales y gráficas que corroboran, lo que en se afirma.


Nuestros informes serán ratificados ante los Tribunales de Justicia a petición de nuestros clientes considerándose prueba Judicial el testimonio emitido así como el informe los documentos y pruebas gráficas presentadas. 

 

LOCALIZACIÓN DE PERSONAS. 

Este servicio de Investigación es uno de los más solicitados por nuestros clientes por diversos motivos:
Personas con las que por relaciones personales, laborales o financieras, tienen deudas pendientes con nuestro cliente y cuyo paradero se desconoce.
Familiares o amigos con los que por circunstancias hace mucho tiempo que no mantienen contacto y no han podido localizar.
Hijos que abandonan el núcleo familiar sin dar explicaciones de su nuevo paradero y con la lógica preocupación de sus progenitores o familiares.
Padres o familiares con los que por circunstancias hemos perdido el contacto y su paradero es desconocido.

¡¡ LA VERDAD SI NO ES ENTERA, SE CONVIERTE EN ALIADA DE LO FALSO !! 

 

Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada –LSP- Artículo 19.Los detectives privados, a solicitud de personas físicas o jurídicas, se encargarán: De obtener y aportar información y pruebas sobre conductas o hechos privado que afecten el ámbito Económico,Laboral,Mercantil,Financiero y en general a la vida Personal , Familiar o Social,exceptuando los que afecten a domicilios o lugares reservados. De la investigación de delitos perseguibles sólo a instancia de parte por encargo de los legitimados en el proceso penal. De la vigilancia en ferias, hoteles, exposiciones o ámbitos análogos.Los Detectives Privados, no podrán realizar investigaciones sobre delitos perseguibles de oficio, debiendo denunciar inmediatamente ante la autoridad competente cualquier hecho de esta naturaleza que llegara a su conocimiento y poniendo a su disposición toda la información y los instrumentos que pudieran haber obtenido en la Investigación. El detective Privado está obligado a guardar riguroso secreto sobre sus investigaciones no pudiendo facilitar datos de estas más que a las personas que se las encomiende y a requerimiento de los Órganos Judiciales y Policiales competentes para el ejercicio de sus funciones ( art.103 LSP).( Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada –LSP-) . Ley de Enjuiciamiento Civil, artículo 265: A toda demanda o contestación habrán de acompañarse los informes elaborados por profesionales de la investigación privada legalmente habilitados (detectives privados) sobre hechos relevantes en que aquellas apoyen sus pretensiones.

Jurisprudencia Los detectives privados son: Medio de prueba, de habitual utilización ya, y, en ocasiones, instrumento dotado de exclusividad para el eficaz control por el empresario de los deberes exigibles al trabajador (Tribunal Supremo, sentencia de 6 de noviembre de 1990).

La Ley Rituaria Procesal autoriza a las partes valerse de cuantos medios de prueba se encuentren regulados en la Ley, admitiéndose como tales medios mecánicos de reproducción de la palabra, de la imagen y del sonido, salvo que se hubieran obtenido por procedimiento que suponga la violación de derechos fundamentales y libertades públicas (Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, sentencia de 5 de mayo de 1993).

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Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada –LSP- Artículo 19.

Los detectives privados, a solicitud de personas físicas o jurídicas, se encargarán: De obtener y aportar información y pruebas sobre conductas o hechos privado que afecten el ámbito Económico,Laboral,Mercantil,Financiero y en general a la vida Personal , Familiar o Social,exceptuando los que afecten a domicilios o lugares reservados. De la investigación de delitos perseguibles sólo a instancia de parte por encargo de los legitimados en el proceso penal. De la vigilancia en ferias, hoteles, exposiciones o ámbitos análogos.

Los Detectives Privados, no podrán realizar investigaciones sobre delitos perseguibles de oficio, debiendo denunciar inmediatamente ante la autoridad competente cualquier hecho de esta naturaleza que llegara a su conocimiento y poniendo a su disposición toda la información y los instrumentos que pudieran haber obtenido en la Investigación. El detective Privado está obligado a guardar riguroso secreto sobre sus investigaciones no pudiendo facilitar datos de estas más que a las personas que se las encomiende y a requerimiento de los Órganos Judiciales y Policiales competentes para el ejercicio de sus funciones ( art.103 LSP)

( Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada –LSP-) . Ley de Enjuiciamiento Civil, artículo 265: A toda demanda o contestación habrán de acompañarse los informes elaborados por profesionales de la investigación privada legalmente habilitados (detectives privados) sobre hechos relevantes en que aquellas apoyen sus pretensiones.

Jurisprudencia

Los detectives privados son: Medio de prueba, de habitual utilización ya, y, en ocasiones, instrumento dotado de exclusividad para el eficaz control por el empresario de los deberes exigibles al trabajador (Tribunal Supremo, sentencia de 6 de noviembre de 1990)

“La Ley Rituaria Procesal autoriza a las partes valerse de cuantos medios de prueba se encuentren regulados en la Ley, admitiéndose como tales medios mecánicos de reproducción de la palabra, de la imagen y del sonido, salvo que se hubieran obtenido por procedimiento que suponga la violación de derechos fundamentales y libertades públicas (Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, sentencia de 5 de mayo de 1993).

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